• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
  • Nº Recurso: 613/2023
  • Fecha: 25/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inadmisibilidad del recurso de alzada frente al TEAC por su extemporanea presentación. Resulta que recurrente en el escrito de demanda, nada argumenta sobre la inadmisibilidad por extemporaneidad del recurso de alzada y formula alegaciones sobre el fondo de la sanción impuesta. Debe ser declarada conforme la inadmisibilidad pues está debidamente motivada y por supuesto no vulnera el derecho del recurrente a una resolución, sin que la revisión jurisdiccional pueda extenderse a más de lo enjuiciado en la vía económico- administrativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JUAN SELLES FERREIRO
  • Nº Recurso: 15606/2023
  • Fecha: 25/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata en el caso de regularización en materia de actividad pesquera, defendiendo la contribuyentre del caso, en primer lugar, que había padecido experiencia de indefensión por falta de motivación de que la regularización tributaria se realizase por la Administación actuante través del método de estimación indirecta, lo que había sido debido, tal como acepta la sentencia, en concreto, a que se habían detectado discrepancias entre, por un lado, el diario electrónico de abordo, en el que se recogían todas las capturas de pescado indicando la especie, día y kilos facturados y, por otra parte, los importes de facturas emitidas. Así las cosas, la sentencia descarta que la contribuyente hubiera padecido la experiencia de indefensión que alegaba y proyecta al caso la doctrina de una sentencia anterior que examinó caso analogo, señalando así que, al igual que en el caso anterior, también en éste la Administracion tributatia actuante hjabía recogido un conjunto de indicios que le permitían razonablemente alcanzar las conclusiones a las que llegó, sin que tampoco las mismas hubieran sido desvirtuadas por la contribuyente. Confirmada, pues, la liquidación practicada, en cuanto a la sanción impuesta la sentencia también la confirma, y ello por cuanto que aprecia que en el acuerdo correspondiente la Administración actuante había motivado adecuadamrente la culpabilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 4058/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A la cuestión de interés casacional suscitada consistente en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en atención a lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso n.º 223/2020), la Sala, haciendo un análisis de la culpabilidad en la conducta sancionada y examinando el principio de antijuricidad, responde afirmativa a dicha cuestión de interés casacional al concurrir en este caso tres premisas, a saber: (i) la Administración autonómica -en este caso la Junta de Andalucía- ha incumplido sus obligaciones en materia de ejecución de obras hidráulicas, según estableció la STS n.º 1.100/2021 de 29 de julio (rec.223/2020); (ii) las administraciones aquí recurridas -el Ayuntamiento de Íllora y el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira- son competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales para la que deben obtener la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; y (iii) pese a esa competencia, el grado adecuado de depuración de las aguas, del que habla la resolución sancionadora, preciso para obtener la autorización, solo puede alcanzarse a través de las infraestructuras que corresponde proyectar y ejecutar a la Junta de Andalucía. Y consta acreditada la desatención de la Junta de Andalucía a los requerimientos realizados por el Consorcio para la ejecución de las infraestructuras de saneamiento que resultaban necesarias para el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA PILAR CANCER MINCHOT
  • Nº Recurso: 7714/2022
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estima el recurso de casación y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución que elevó a definitiva acta de liquidación y confirmó la sanción del acta de infracción, sobre cuotas de la Seguridad Social. La Sala reitera la jurisprudencia la expuesta en la Sentencia de 17 de septiembre de 2025, RCA 3715/2022: "En la infracción consistente en "no ingresar" o en "no efectuar el ingreso en la cuantía debida" de las cuotas que recauda la Tesorería General de la Seguridad Social, prevista en el artículo 22.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social , texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, rige el principio de culpabilidad, debiendo apreciarse y motivarse la concurrencia de culpa conforme a las circunstancias fácticas y jurídicas de cada caso, sin que sea exigible "dolo o culpa especial".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JOSE RAMON DE BLAS JAVALOYAS
  • Nº Recurso: 728/2024
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata de caso en el que el núcleo de la disputa se centraba, por un lado, en la contradicción de la Administración Tributaria actuante y, en definitiva, de la resolución recurrida, al determinar el porcentaje de afectación a la actividad económica de uno de los vehículos del contribuyentde del caso al 50% a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, mientras que en un expediente referente e al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el mismo periodo había sido considerado afectado al 100%. Y, por otra parte, la controversia atañía tambien a la denegación de la deducción de cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas basándose para ello la Administración en supuestos defectos formales en las facturas, mientras que el contribuyente ha venido sosteniendo que esa decisión de la Administración es contraria a la jurisprudencia europea que prioriza el principio de neutralidad. Pues bien, la sentencia aprueba la tesis de la demanda y estima el recurso, con lo que anula la liquidación y, con ello, la sanción derivada, para lo que la sentencia toma en cuenta, basicamente, que, conforme a la norma comunitaria y al principio de neutralidad que la inspira, la deducción no puede denegarse por meros defectos formales si la Administración tributaria dispone de los datos necesarios para verificar la existencia de la operación gravada, el importe de Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido y los elementos esenciales para el control tributario.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE GUERRERO ZAPLANA
  • Nº Recurso: 446/2020
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La derivación de responsabilidad tributaria se basa en la existencia de unas escrituras publicas de donaciones entre los padres y los hijos. La Administración tributaria derivó responsabilidad no sólo a la recurrente sino a su hermano, quién interpuso reclamación económico-administrativa ante el TEAR de Valencia, que fue desestimada y frente a dicha resolución se interpuso recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunidad Valencia, que ha dictado Sentencia estimatoria del recurso Contencioso-Administrativo, anulando la resolución impugnada. La sentencia entiende que en aplicación de los principios de igualdad y de seguridad jurídica, lo dicho en el Fundamento Jurídico Tercero de aquella sentencia debe ser de aplicación, en virtud del principio de igualdad y de seguridad jurídica.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FELIPE FRESNEDA PLAZA
  • Nº Recurso: 359/2021
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se confirma la resolución que acuerda la derivación puesto que al tiempo de cometerse la infracción en el año 2007 eran los administradores sociales, los obligados a conservar la documentación acreditativa de los gastos considerados deducibles en el IS. Y declarado el concurso de acreedores, los administradores deben poner a disposición del administrador concursal los libros de llevanza obligatoria, así como cualesquiera otros libros, documentos relativos a su actividad profesional. El examen de la documentación obrante en las actuaciones a la luz de las alegaciones de las partes revela que se han respetado los requisitos señalados, existiendo unos hechos plenamente probados, que no se basan en meras sospechas, rumores o conjeturas, de los que resulta lógica y coherente la conclusión de la comisión de la infracción castigada, sin que el razonamiento por el que se llega a dicha conclusión sea arbitrario, irracional o absurdo. Finalmente la prueba indiciaria no puede ser valorada de forma aislada, ya que es precisamente la consideración conjunta de indicios la que sirve para acreditar la realidad que se pretende probar.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS GIL IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 3715/2022
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la infracción consistente en "no ingresar" o en "no efectuar el ingreso en la cuantía debida" de las cuotas que recauda la Tesorería General de la Seguridad Social, prevista en el artículo 22.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social , texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, rige el principio de culpabilidad, debiendo apreciarse y motivarse la concurrencia de culpa conforme a las circunstancias fácticas y jurídicas de cada caso, sin que sea exigible "dolo o culpa especial".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: LUIS MANGLANO SADA
  • Nº Recurso: 61/2025
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia, en primer lugar, confirma la liquidación, para lo que rechaza que el acuerdo correspondiente careciera de la motivación precisa, aceptado de ese modo la regularización de las decucciones y compensaciones en uestióin, a lo que suma que la duración del procedimiento de inspección, pese a lo aducido en la demanda, era conforme a la norma porque fue inicialmente de 18 meses y pasó a ampliarse conforme la norma permitía. En cuanto a las sanciones impuestas, la sentencia también desestima el recurso y viene con ello a confirmar la adecuación a derecho mde las mismas puesto que, en cuanto a la culpabilidad, había quedado clara la conducta infractora y antijurídica de la contribuyente del caso, existiendo prueba suficiente de su responsabilidad en los hechos que se le imputaron. Al respecto, la sentencia también recuerda que no hay infracción tributaria sin dolo, culpa o simple negligencia, de forma que no puede fundarse la existencia de infracción en la mera referencia al resultado de la regularización practicada por la Administración tributaria, sin motivar específicamente de donde se colige la existencia de culpabilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MANUEL UGARTE OTERINO
  • Nº Recurso: 1782/2021
  • Fecha: 15/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal entiende acreditada suficientemente la existencia de simulación tributaria en una aparente operación de cancelación de créditos con el obligado tributario respecto de un accionista del primero. Igualmente confirma la sanción por entender concurrente y motivado el elemento subjetivo de la infracción.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.